PROGRAMA DE APOYO A LA CREACIÓN ARTÍSTICA VISUAL

DESCARGAR - BASES Y CONDICIONES del Programa Apoyo a la creación

DESCARGAR - Explicativo de rendicion de subsidios 2017

 

BASES Y CONDICIONES

 

Artículo  1° CONSIDERACIONES GENERALES

 

APOYO A LA CREACION ARTÍSTICA VISUAL es un programa de apoyo y fomento a procesos creativos experimentales y/o multidisciplinarios, implementado por el MUMBAT dependiente de la Dirección de Cultura y la Subsecretaría de Cultura y Educación del Municipio  de Tandil.  El Programa  se regirá por lo establecido en el presente reglamento, llamado en adelante “Bases y Condiciones”. Toda cuestión no prevista en estas Bases será resuelta  por la Secretaría de Cultura y Educación del Municipio  de Tandil, la Dirección de Cultura y el MUMBAT (Museo Municipal de Bellas Artes).

 

 

Artículo  2° OBJETIVOS

 

Son objetivos de APOYO A LA CREACION ARTÍSTICA VISUAL:

Lograr acceso a la experimentación en lenguajes artísticos diversos.

Promover los procesos creativos y de investigación de artistas en un período de tres a diez meses de creación.

Aumentar la visibilidad y la circulación de la producción cultural resultante.

Acercar a nuevos consumidores culturales contenidos inéditos generados por la propia comunidad.

Valorizar la acción creativa de artistas visuales dentro de contextos de producción locales, destacando su propia identidad regional.

Impulsar la cooperación creativa.

 

Artículo  3° ALCANCE DEL PROGRAMA

 

Es un programa que alcanza a toda persona física,  a título personal, que habite la ciudad de Tandil  y sean artistas de cualquier disciplina del campo de las artes visuales: textil, objeto, pintura, escultura, grabado, cerámica, dibujo, instalación, instalación performática, fotografía y video-arte y que se sientan motivados por el programa y sus objetivos.

 

Artículo 4° ACERCA DE LA LÍNEA DE APOYO

 

El programa Apoyo a la creación artística visual, consistirá en lo siguiente: El proyecto seleccionado contará con un aporte económico (el monto se fijará en relación al Primer Premio del Salón Nacional, del mismo año en curso que se realiza en el MUMBAT) en concepto de apoyo a la creación de su obra-proyecto.

 

Artículo 5° ACERCA DE LA SELECCIÓN DE PROYECTOS

 

El Comité de Selección designará el proyecto

El Comité seleccionará adicionalmente hasta TRES (3) proyectos suplentes  con orden de prelación. En caso de que el seleccionado no pueda hacer efectiva su participación en el Programa pudiendo ser reemplazado por uno de los proyectos suplentes designados en el orden de prelación establecido.

EL Comité de Selección considerará las postulaciones de acuerdo a su propuesta conceptual, posibilidades de realización y viabilidad presupuestaria, que será oportunamente comunicada, según indica el artículo 9°.

 

Artículo 6°. ACERCA DE PROYECTOS

 

Se admitirán proyectos que posibiliten la experimentación en el proceso creativo pudiendo estar implicadas todas las disciplinas artísticas visuales planteadas en el artículo 3º.

Se busca que los proyectos tengan en cuenta, entre otros, los siguientes criterios: a) Consistencia; b) Continuidad y/u originalidad; c) Sustentabilidad en el tiempo; d) Impacto en la comunidad; e) Respuesta a demandas culturales insatisfechas; f) Aporte del proyecto a la preservación del Patrimonio Cultural.

 

Artículo 7° OBLIGACIONES DE LOS PARTICIPANTES

 

Exponer, la obra que contare con el subsidio APOYO A LA CREACION ARTÍSTICA VISUAL en el MUMBAT.

Presentar Rendición de Cuentas en los términos establecidos en el anexo explicativo y según el siguiente detalle:

Lenguaje/Lenguajes

Fecha

Detalle

Observaciones

Producción artística

Asistencia profesional

Servicios contratados

Materiales

Compras y consumos

Seguros

Otros

 

Artículo 8º- ACERCA DE LA PRESENTACIÓN DE LOS PROYECTOS

 

Los proyectos deberán contar con las siguientes especificaciones mínimas:

 

A-Datos Personales

Información de cada participante:

Nombre completo

Fecha de nacimiento

Nacionalidad

Número de DNI y copia digitalizada donde conste domicilio.

Domicilio legal con código postal.

Currículum Vitae

Correo electrónico

Teléfonos de contacto

 

B-Presentación / Título del proyecto (posible título)

Objetivo/s del proyecto: búsqueda artística o estética que se pretende realizar.

Reflexiones creativas o hipótesis que se pretende comprobar, demostrar, investigar etc. con el desarrollo del proyecto.

 

C-Descripción general de la propuesta.

Texto explicativo que desarrolle la idea del trabajo y su campo exploratorio:

C-a-Explicación del proyecto/justificación de la disciplina elegida.

C-b-Explicación/ justificación del porqué de la inclusión de diversas disciplinas y lenguajes en la propuesta. Desarrollar la razón de cada una de las disciplinas elegidas para el proyecto, la interrelación establecidas entre ellas y  los lenguajes utilizados.

En ambos casos: Relación del proyecto con su región, incidencia que pretende tener en la comunidad o público específico. Desarrollo de posibles áreas de trabajo o estimulación con sectores de la sociedad y la población local.

 

D-Necesidades del proyecto; recursos materiales y humanos. Detalle de necesidades, insumos para el proceso creativo.

Presupuesto estimado para el proceso creativo y producción del proyecto. Detalle de los gastos que se tendrán durante el tiempo de investigación y creación;  presupuesto de la muestra o presentación del proyecto en una fecha estimada.

 

E-Plan de trabajo especificado en semanas. Detalle de aspectos que se pretenden abordar cada semana.

 

F-Copia firmada de las bases y condiciones o nota del  participante validando la aceptación.

 

Artículo 9º- ACERCA DE LOS PLAZOS DEL PROCESO CREATIVO

 

El Programa establece las siguientes etapas en su desarrollo:

 

APERTURA Y CIERRE DE CONVOCATORIA: del 1 de octubre del corriente año hasta el 28 de febrero de 2018.

PUBLICACIÓN DE PROYECTOS BENEFICIARIOS: A los 70 días de cerrada la convocatoria.

MUESTRA DE LOS RESULTADOS DEL PROYECTO: se contemplan entre tres y diez meses para el desarrollo del proyecto creativo a partir de su conocimiento.

No se contemplarán prórrogas para la entrega de proyectos, ni para su presentación, así como tampoco para la rendición de cuentas.

 

Artículo 10º- SIMULTANEIDAD

 

Cada creador  podrá participar con un solo  proyecto.

 

Artículo 11º- ACERCA DE LA LIQUIDACIÓN

 

El subsidio se liquidará en una única cuota, efectiva a partir de los treinta (30) días de la publicación de los PROYECTOS SELECCIONADOS. El autor tendrá a su cargo la realización de los trámites necesarios y el aporte del Municipio de Tandil.

 

Artículo 12º- DERECHOS DE AUTOR

 

La simple inscripción a EL PROGRAMA equivale a una declaración jurada del artista afirmándose como autor legítimo de la obra.

 

En caso de utilizarse bienes culturales preexistentes regidos por derecho de autor, el proyecto  deberá incluir nota de cesión de derechos por parte de el/los autor/es o institución correspondiente, el participante declara estar expresamente autorizado y tener todos y cada uno de los derechos necesarios para su uso y/o exhibición y/o ejecución pública y/o adaptación, garantizando la indemnidad del MUNICIPIO y sus organismos dependientes frente a eventuales reclamos que terceros pudieran articular.

 

Artículo 13º- DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL Y CONDICIONES DE REPRODUCCIÓN

 

Los participantes prestan su autorización expresa y cesión de los derechos no exclusivos, en favor de El Municipio, durante  el transcurso de DOS (2) años a partir de la fecha de presentación de la obra, para el uso y/o reproducción y/o ejecución pública de la obra, incluyendo pero sin limitarse; a su difusión, promoción, publicación, impresión, exhibición, edición, ejecución publica, y comunicación al público por cualquier medio de comunicación creado o a crearse, incluyendo pero sin limitarse a material periodístico, avisos publicitarios, avisos audiovisuales, gráficos, diarios y revistas, vía pública, Internet, representaciones televisivas y/o de radiodifusión, material promocional y demás gráficas e imágenes, tanto en Argentina como en el extranjero, todo ello a sólo criterio del Municipio de Tandil.

 

Los autores ceden, a título gratuito, en favor del PROGRAMA los derechos exclusivos para la apertura-inauguración de la obra de acuerdo a las condiciones del PROGRAMA, mediante  exhibición y/o reproducción y/o conferencia pública.

 

Artículo 14º- DERECHOS DE IMAGEN

 

Los participantes autorizan en forma irrevocable, y sin limitación temporal o geográfica, a EL Municipio a utilizar todo el material e información que los participantes provean a EL PROGRAMA  mediante su inscripción y participación en el concurso –incluyendo datos filiatorios, imágenes y/o sonidos y/o filmaciones– y la totalidad las imágenes y sonidos obtenidos mediante filmaciones y/o sesiones de fotografía y/o cualquier otro medio técnico,  en el marco de las actividades llevadas adelante durante la presente convocatoria, por cualquier medio de comunicación creado o a crearse, incluyendo pero sin limitarse a material periodístico, avisos publicitarios, avisos audiovisuales, gráficos, diarios y revistas, vía pública, Internet, representaciones televisivas y/o de radiodifusión, material promocional y demás gráficas e imágenes, tanto en Argentina como en el extranjero, con la única limitante de aquellos usos que pudieran afectar el derecho al honor.

 

Dicha autorización comprende, pero no se limita al derecho de reproducción, distribución y comunicación al público, dejando constancia que las imágenes obtenidas en el marco de las actividades llevadas adelante por la presente convocatoria no implican el derecho de remuneración previsto en el Art. 56 de la ley 11.723 de Propiedad Intelectual.

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